Parcialmente con lugar, la querella interpuesta por los ciudadanos Cruz Majín Alvarez Carpavidez, Eudomar Enrique Ravelo Hidalgo y Douglas José Villasana Cuchano, venezolanos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos 9.888.861, 10.672.687 y 10.674.467, debidamente representados por los abogados en ejercicio Nabor Jesús Lanz y GLen Mirabal Alvarado, inpreabogado Nos. 79.342 y 59.343, en contra acto administrativo sancionatorio, publicado en el expediente Nº 035-2005 de fecha 08-12-2005, suscrito por el ciudadano Juan Ledezma Santander en su carácter de Comandante General de la Policía del Estado Apure.