En virtud de lo ante expuesto, existe una causal subjetiva de Inhibición que me impide tramitar, conocer y decidir la presente causa.
En consecuencia es por lo que me Inhibo de seguir conociendo la presente causa, de conformidad con lo previsto en el articulo 84 del Código de Procedimiento Civil,
Se ordena compulsar las actuaciones conducentes del expediente para su remisión al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de esta Circunscripción Judicial para su tramite y decisión relativa a la inhibición planteada, y por auto separado ordénese remitir la presente causa al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial para que siga conociendo de la misma. Para la elaboración de las copias fue autorizado el ciudadano: ROBER JOSE GOMEZ ESPINOZA, Alguacil Titular de este despacho, titular de la cedula de identidad Nº 15.795.724, quien firmara conjuntamente con la Secretaria de este Juzgad.....