este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: MARIA VERONICA DELGADO RATTIA, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.071.819, Venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, Conformadas por Cuatro (04) Habitaciones, dos con baño internos, Un (01) Sala Cocina empotrada, Una (01) Sala comedor,, una 801) Sala estar, Un (01) Garaje, Puertas y ventanas de hierro, Piso de Cerámica, Techo de platabanda, posee los servicios de agua y Luz. Dichas bienhechurías se enc.....