Por todo lo antes analizado, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR PRIMERO: la solicitud presentada realizada a favor de la penada MARIA YIRALDA PEREZ BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.184.921, nacida en Barinas, Estado Barinas, en fecha 12-09-1.975, soltera, quien fue condenada, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano; por la Directora Centro de Tratamiento Comunitario Femenino "Cecilia Ferrero Romero", de permiso por cuarenta y cinco (45) días para no pernoctar en el Centro, para.....