DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, en funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en los artículos 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos: MOISÉS RAFAEL INFANTE Y MARCOS AURELIO SALAZAR ROJAS, antes identificados, por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley de Robo y Hurto de Vehículos Automotores, PORTE ILICITO DE ARMAS DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 278 y 287 respectivamente del Código Penal. Se designa como centro de su reclusión el Internado Judicial de esta ciudad, en consecuencia, líbrese la cor.....