este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Sección de Adolescentes, Extensión Guasdualito, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY con fundamento a lo establecido en los artículos 561 literal ¿d¿, 615 y 630 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, artículo 109 del Código Penal Venezolano y Artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO por PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la Causa Nº 1C153-04 a favor del adolescente (Se omite la identificación del Adolescente por mandato expreso del artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.209.611, natural del Sector Totumito, Estado Apure, residenciado en el Sector Totumito, casa s/n, cerca de la Bodega de Doña María Olivero, Totumito, Estado Apure y víct.....