DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Itinerante de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: SE DRECRETA LA PRESCRIPCION JUDICIAL Y EN CONSECUENCIA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL en la presente causa seguida a la ciudadana: SILVA GALLARDO MARIA ENRIQUETA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.621.766, nacido en fecha 28-08-1969, natural de Calabozo Estado Guárico, de profesión u oficio: Abogado, residenciado en la Urbanización El Cañito, detrás del Circuito Judicial Penal, San Fernando Estado Apure; por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal Venezolano vigente para el momento de los hechos; en perjuicio de JULIO CESAR BRUZUAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.646.507; de conformidad con lo establecido en el ar.....