HECTOR R. ESPINOZA RANGEL venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 14.521.310, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 99.529, quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: En este estado acepto la cantidad de dinero ofrecida por la parte demandada por la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.3.643.750), los cuales son cancelados de la siguiente manera: La cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES ( Bs.750.000) en dinero en efectivo y la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (BS. 2.893.750), representados en un Cheque librado contra la Cuenta Corriente N° 054-100862-9 del Banco Industrial de Venezuela, cuenta titular de la ciudadana Maria Silva, Cheque N° 34764372, a la fecha de cobro 31 de Marzo del año 2005, lo que constituye el monto total de la demanda y los honorarios del Abogado de la actora, en consecuencia observo a est.....