por cuanto versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su Homologación, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara concluido el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente, una vez quede firme la presente Homologación.