DECLARA EXTINGUIDA la presente solicitud suscrita por los ciudadanos ANGEL MELECIO MONTOYA y PAUBLA BERZAY BELIZARIO DE MONTOYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° 9.870.346 y 9.597.527, de conformidad con lo establecido en el articulo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes.- Se dio por concluido el acto.- Es todo", termino a las 11:05 am, se deja constancia que la presente audiencia NO fue reproducida en forma audiovisual, por carecer este Tribunal de los equipos audiovisuales; así mismo se acuerda cerrar la presente causa por cuanto no hay más actuaciones que practicar y remítase la causa al Archivo Judicial de esta Ciudad.– Y así se Decide.- Termino, se leyó y conformes firman.-