Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoado por el ciudadano JOSE GREGORIO VIVAS DECANIO contra WILLIAM RAMÓN AGUILERA, y así se decide. Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión, por cuanto la parte demandada no fue citada. Se ordena levantar la medida preventiva, una vez quede firme la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal siendo las 11:00 a.m. del día de hoy, (31) de Mayo de dos mil seis (2006). 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ Z.
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