PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por el abogado MANUEL SALVADOR PEREZ BERDUGO apoderado judicial de la ciudadana WILMER MARGARITA ARANGUREN TOVAR contra la sentencia de fecha 05 de octubre del año 2.009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial en fecha 05 de octubre del 2.009. En consecuencia se condena a la parte demandada WILMER MARGARITA ARANGUREN TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 9.592.543, a cancelar las siguientes cantidades: La cantidad de ONCE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 11.500,oo), mediante cheque N° S-92 11565260 de fecha 08/09/08 girado contra la cuenta corriente N° 0102-0466-63-0001014419, la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo) cheque N° S-92 31565304 de fecha 08/0.....