este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Admitir TOTALMENTE la ACUSACIÓN presentada por la Fiscal Tercera del Ministerio Público de Guasdualito Abg. Marlene Mendoza, contra el infractor (Se omiten los datos de identificación en cumplimiento a lo establecido en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por la comisión de la falta de Contrabando Simple, prevista y sancionada el artículo 23 de la Ley sobre el Delito de Contrabando, cometida en perjuicio de El Estado Venezolano. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE los medios de prueba presentados por la Fiscal III del Ministerio Público Abg. Marlene Mendoza. TERCERO: SANCIONA al Adolescente infractor (Se omiten los datos de identificación.....