este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Primero: Realizar Nuevo Cómputo de la Sanción impuesta al adolescente Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, e imponerlo del mismo en este mismo día, para lo cual se fija Audiencia Especial a las 02:30 horas de la tarde, su traslado hasta la Sala de este Tribunal para tales efectos. Líbrese boletas de notificación a las partes y boleta de traslado para lo cual se comisiona a la Comandancia General de este Estado. SEGUNDO: Su REINGRESO al Centro de Privación de Libertad "Simón Rodríguez", donde permanecerá recluido a la orden de este Tribunal, a los fines del cumplimiento de la sanción impuesta conforme a lo pautado en el artícu.....