PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano: JULIO RAMON BLANCO PANTOJA, venezolano, natural de Cazorla, Estado Guárico, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad personal Nº 26.652.125, nacido en fecha 02/04/77, residenciado en el Barrio Campo Alegre, Carrera N° 02, Casa S/N de la Sra. Elva Pantoja, cerca de la Iglesia mas adelante del Módulo del Barrio Adentro, San Fernando de Apure, Estado Apure; de la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el Artículo 455 del Código Penal vigente para la época de los hechos; como materializados en perjuicio de la Ciudadana: Yuleisis Fuentes Mermejo. En consecuencia, se condena al ciudadano: ROBERT JOSE BOLIVAR FLORES, ya identificado, a cumplir la PENA DE TRES (03) AÑOS DE PRISION en las condiciones que a tal efecto designe el correspondiente Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, firme como quede la presente Sentencia.
SEGUNDO: Se condena igualmente al Ciudadano JULIO RAMON BLANCO PANTOJA, ya identificado, a cump.....