Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano Moreno Marcos Gabriel, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-24.986.786, debidamente representado por el abogado en ejercicio Victelia Mavel Rodríguez de Maldonado, abogada en ejercicio y de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 109.744, contra laGOBERNACION DEL ESTADO APURE (Comandancia de la Policía del Estado Apure).
Segundo: FIRME EL ACTO DE DESTITUCIÓN contenido en la Decisión N°025-2022, perteneciente a la Causa DGPBA-ICAP-OISAAN N°088-2022, por cuanto el mismo fue ajustado a derecho.....