DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario especial, conforme a las previsiones en artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia este tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal de que se prosiga la presente investigación por el procedimiento especial, y se decreta con lugar la aprehensión en flagrancia conforme a lo estatuido en el artículo 93 ejusdem.
SEGUNDO: Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad al ciudadano NUÑEZ AGUILAR VICMA RAFAEL ARMANDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.999.058, de 27 años de e.....