Decide:
PRIMERO: Diferir la Concesión y Ejecución de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena hasta tanto se le realice al penado el informe PSICOSOCIAL, por el organismo competente del Ministerio de Justicia.
SEGUNDO: Queda obligado el ciudadano JOSE JOEL RODRIGUEZ LARA, titular de la cédula de identidad N°: 17-609-447, mayor de edad, Soltero, natural de Cunavichito, Jurisdicción de San Rafael de Atamaica, Municipio Pedro Camejo, Estado Apure, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Fundo La Tigrera, San Rafael de Atamaica, Municipio Pedro Camejo, a realizar presentaciones por ante el área de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a intervalos de cada Treinta (30) días entre una presentación y otra, hasta tanto que se le conceda la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Igualmente cumplir con las siguientes condiciones: Abstenerse de comunicarse con la victima, no consumir bebidas alcohólicas ni Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ni ve.....