Visto el pedimento suscrito por la ciudadana ISMELY GERALDINE MARTINEZ DE PADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.152.679, debidamente asistido en este acto por la abogada SUELKIS RODRIGUEZ, en su condición de Defensora Publica Primera con competencia para actuar en materia civil, Mercantil y Transito, y observándose que en fecha 10 de octubre del año 2019, este Tribunal dictó Sentencia mediante la cual declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a la prenombrada ciudadana, con el ciudadano JOSE ALI PADILLA APARICIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.147.457, por lo que se ordena su Ejecución, en consecuencia, se acuerda expedir a la parte solicitante dos (02) juegos de copias de la decisión debidamente certificada por secretaría conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código deProcedimiento Civil, y junto con oficios remítanse a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estamp.....