Decreta con Carácter Provisorio una suma mensual equivalente al 74% del salario mínimo urbano de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 300.000,oo) mensuales, a partir del mes de Mayo del presente año, que se le debe descontar de las asignaciones del ciudadano JOSE ALEXANDER PEREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.596.760, quien se desempeña como Administrador del Instituto de la Vivienda del Estado Apure (INVAP), a favor de los hermanos PEREZ BARRIOS, ALEXANDER JOSE, JOSE IGNACIO, JOSE SEBASTIAN y CAMILA ANDREA, más embargo del 20.87% del Bono Vacacional y la Bonificación especial de fin de año, con la finalidad de cubrir algunos de los gastos ocasionados por los mencionados Hermanos por concepto de Inicio de actividades escolares y Festividades Decembrinas, sumas estas que deben ser retenidas por el Organismo empleador y depositados en Cuenta de Ahorro que a los efectos se aperturara en el Banco Industrial de Venezuela, en esta misma fecha y posteri.....