Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA PRIMERO: MANTENER la MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en contra de los ciudadanos WILLIAM HUMBERTO PÁEZ MEDINA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 5.559.829, nacido en Santa Bárbara del Zulia, Estado Zulia, en fecha 24-12-59, de 48 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación oficial de policía, residenciado en la carrera Urdaneta con calle Sucre, Guasdualito, Estado Apure, teléfono 0424-7304545, de padres Pedro Páez y Ana Medina. JESÚS OBDULIO GONZÁLEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 10.132.392, nacido en Guasdualito, Estado Apure, en fecha 17-02-67, de 41 años de edad, de estado civil soltero, ocupación funcionario policial adscrit.....