En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin lugar la pretensión interpuesta el 1-12-2016, por la ciudadana Abg. Griselia Ramírez, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano Ismael de los Santos Guillen, contra la decisión dictada el 14-9-2016, y publicado su texto íntegro en fecha 21-11-2016, por la Jueza 1ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal con competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Apure, Abg. Lidia Luisa Rocci Escobar, mediante la cual, condenó al ciudadano antes mencionado, a cumplir la pena de treinta (30) años de prisión, por la comisión de los delitos de Violencia Sexual Continuada, segundo y tercer apar.....