Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Otorgar a la penada ARACELYS MARÍA CASTRILLO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.321.201, condenada por el Tribunal de Juicio de este Circuito y Extensión en fecha 06 de marzo de 2008, en la Causa Nº 1E422-08, por la comisión del delito de TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, actualmente destacamentaria, la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Códig.....