este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 en concordancia 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) MENSUALES, Bono de fin de año de la cantidad de MIL BOLIVARES (BS.1.000,OO) mas el aporte del 50% de los gastos adicionales de Ropa, calzado, medicinas, cuando los niños lo requieran, a partir del 01-08-2011, la Obligación de Manutención, que el ciudadano: ANDRES ELOY HERNANDEZ CADENA, debe cumplir a favor del niño; (se omite el nombre de conformidad con el Articulo 65 de la LOPNA),
TECERO: Las partes en el presente Juicio son la ciudadana: CARLIS ADELAIDA MONTENEGRO MO.....