, este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve:
PRIMERO: HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÒN, en los términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 en concordancia 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del Adolescente.
SEGUNDO: Se fija en la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00) mensuales, a partir del mes de febrero 2012, suma ésta que el ciudadano: ANGEL RAMON NIEVES, debe cumplir a favor de sus hijos.
TERCERO: Las partes en el presente juicio son la ciudadana: MALEGNIS EUNICE RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.511.759, madre de los niños (se omite el nombre de los Niños de conformidad con el Articulo 65 de la L.O.P.N.N.A.) como parte accionante, y el ciudadano: ANGEL RAMON NIEV.....