CUARTO: Medida Cautelar Sustitutiva de privación de Libertad en contra de el imputado (s) QUERALES MARTINEZ PEDRO FLORENCIO, titular de la cedula de identidad N° N° 5.360.870, conforme a lo señalado en los artículos 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada treinta (30) días por ante el área del Comando de la Guardia Nacional de Achaguas, Estado Apure, todo ellos por la presunta comisión del delito precalificado por el Ministerio Publico como Hurto Simple, previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal Venezolano vigente.