este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio; en consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que unía a los cónyuges: CARMEN ELENA FLEITAS y CARLOS JOSE ALVAREZ ESCALONA, el cual contrajeron por ante la Jefatura Civil del Municipio Autónomo Camaguan del Estado Guárico, en fecha 15 de Abril del 2008, según consta del Acta de Matrimonio Nº 30, acompañada. Y así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Publíquese, regístrese y cópiese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Veintiséis (26) días del mes de Febrero del Dos Mil Quince (2015). Año 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
LA JUEZA,
(FDO)
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
EL SECRETARIO,
(FDO)
Dr. LE.....