DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: La nulidad absoluta del acto de aprehensión policial del ciudadano ABEL JULIAN RUIZ ENSISO, Titular de la cédula de identidad N° V- 5.415.971, natural de San Fernando Estado Apure, nacido en fecha 07/01/53, residenciado En la calle Plaza N° 38, en San Fernando Estado Apure, realizado la noche del día 25 de Mayo del año en curso en la sede física del Cuerpo de Investigaciones delegación del estado Apure; más no así de las actas que conforman el legajo contentivo de la causa que se investiga, todo ello de conformidad a las previsiones del artículo 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: La libertad plena del ciuda.....