HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos: ANA JACINTA POMPA y EDGAR ALEXANDER BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.475.658 y V-15.046.419, de conformidad con los Artículos 315, 366, 369 y 375, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.