por parte del Padre quedo establecida la Obligación de Manutención, en la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) mensuales pagaderos al vencimiento de quincena de cada mes, a partir del 30-10-2011, serán depositados en la entidad que asigne el Tribunal, así como también el queda obligado de proveerlo de medicina, cuando el caso lo amerite, Bono Especial de MIL BOLIVARES (Bs. 1000,oo) y Bono de Fin de Año por la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,oo). .... Se homologa en los términos expuestos por las partes.