Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a la competencia atribuida en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 130 131 y 132 Del Código Orgánico Penitenciario y 62 de la Ley de Régimen Penitenciario (derogada).ACUERDA: PRIMERO: considera procedente la realización del Traslado Medico a LA SEDE DEL COMANDO DE ZONA Nº 35, DESTACAMENTO DE FRONTERAS Nº 351 DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIAN SAN FERNANDO ESTADO APURE o AL CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL (CDI) 19 DE ABRIL, ubicado frente a la Biblioteca del Estado Apure, a los fines de la extracción de pieza mental, el cual deberá realizarse a la brevedad posible, en aras de contribuir a la atención integral de la salud de la penada de au.....