DECISIÓN
De las consideraciones expuestas con vista a los fundamentos de hecho y de derecho este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante; SEGUNDO: Se confirma el fallo dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha nueve (09) de noviembre de 2005, que declaró sin lugar la demanda por prestaciones sociales incoada por la ciudadana SALGUERO MARÍA DEL VALLE contra la Unidad Educativa Colegio privado "CECILIO ACOSTA" TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.