PRIMERO: Se imparte la homologación al desistimiento de la apelación interpuesta por el abogado Marcos Goitia, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Eyilda Julieta Verenzuela, contra el auto dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en fecha treinta (30) de septiembre de 2010; SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada, dictada por el Tribunal antes mencionado, mediante el cual negó la Ejecución Forzosa solicitada; TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.