PRIMERO: Sin lugar la apelación intentada por el Abogado WINDIO ARACAS PULIDO, en su condición de apoderado especial de la ciudadana MARÍA ESTHER CASTILLO BEROES, en contra de la
decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure en fecha 19 de agosto del 2004; SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada con las modificaciones contenidas en el presente fallo; TERCERA: parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por la ciudadana, MARÍA ESTHER CASTILLO BEROES en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE,
Se ordena el pago de los intereses generados por la prestación de antigüedad desde la fecha en que se empiezan a causar los mismos hasta la fecha de la terminación de la relación laboral, a cuyo efecto se ordena experticia complementaria del fallo, la cual se realizará mediante un solo experto.....