"(...) Se CONFIRMA el fallo en consulta, dictado por el Tribunal de Primera Instancia de Juicio Accidental del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha cuatro (04) de diciembre de 2018, el cual declaró: CON LUGAR el recurso de Abstención o carencia interpuesto por el ciudadano EDDYSON ABEL SEIJAS COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.147.159, debidamente asistido por Abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.669.093, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.179, contra el acto administrativo contenido en el auto de fecha veintiuno (21) de diciembre del 2015, dictado por la Inspectoría del Trabajo con sede en San Fernando de Apure, Estado Apure, mediante el cual ese órgano administrativo declaró inadmisible la solicitud de reenganche y restitución de derechos del mencionado ciudadano; y como consecuencia, se declara Nulo el referido acto administrativo. (...)"