Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar la solicitud de Regulación de Competencia intentada la parte demandante; SEGUNDO: Se revoca la decisión emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de fecha veinticinco (25) de marzo de 2004, mediante la cual declaró con lugar la cuestión previa contenida en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de procedimiento Civil, en la acción incoada por la ciudadana ALBA DOMITILA ESPINOZA COLMENARES, por pago de prestaciones sociales, contra la República Bolivariana de Venezuela (Ministerio Público); TERCERO: Se declara competente por el territorio al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Jud.....