Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se confirma el fallo en consulta dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de fecha 20 de junio de 2005 mediante el cual declaró parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana Estrada Bohórquez Vilma Adelaida, contra la Gobernación del Estado Apure, con las modificaciones contenidas en la presente decisión; SEGUNDO: Se condena a la Gobernación del Estado Apure, a cancelar al actor las siguientes cantidades: artículo 108 LOT SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 78.883,20), artículo 125 LOT ordinal 1 CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs. 52.588,80), aparte 2 art. 125 li.....