(...) De las consideraciones expuestas con vista a los fundamentos de hecho y de derecho este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar la apelación intentada por el abogado Luis Alfredo Arguello Hurtado, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante recurrente, contra la decisión de fecha seis (06) de octubre de 2015, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure; SEGUNDO: Se revoca la Decisión de fecha seis (06) de octubre de 2015, mediante la cual el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, declaró la Admisión el Desistimiento del Procedimiento(...)