(...) Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con Lugar la apelación intentada por el Abogado PEDRO OMAR SOLORZANO REYES en su condición de accionante, actuando en este acto en su propio nombre y representación, contra la decisión de fecha veintidós (22) de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que declaró Desistido el Procedimiento y Terminado el Proceso; SEGUNDO: Se revoca la decisión antes mencionada y se repone la causa al estado de fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de prolongación, sin necesidad de notificar a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho; TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo .....