PRIMERO: Sin lugar la apelación intentada por el apoderado judicial de la parte demandante, SEGUNDO: Se confirma el fallo dictado en fecha dos (02) de mayo de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que declaró sin lugar la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales, incoada por el ciudadano José Ramón Fernández contra la ciudadana Cristhi Guiomar Ascanio Yemes en su carácter de representante legal de el establecimiento denominado "Las Cabañitas de Kristhi". TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.