De manera que, considera este Tribunal Accidental que el ciudadano CARLOS ESPINOZA COLMENARES, en su condición de Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, está incurso en el ordinal 1°del artículo 31 de la citada Ley; por lo que, da fe de sus dichos, cumpliendo de esa manera el requisito para su procedencia, en virtud de ello, es forzoso para este Tribunal Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de por autoridad de la Ley: Declara Con Lugar la Inhibición planteada por ciudadano CARLOS ESPINOZA COLMENARES, en su condición de Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, por estar incurso numeral 1° del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
Notifíquese al Juez inhibido de la presente Resolución mediante oficio, con copia certificada de l.....