(...) Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin Lugar la apelación interpuesta por el abogado MARCOS GOITÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.239, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante, en consecuencia, se confirma la decisión de veintinueve (29) de abril de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que declaró sin lugar la demanda;(...)