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Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por la Abogada Mariela Coromoto García Meza, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 134.659, en su condición de apoderado judicial de la parte accionante, en contra de la decisión de fecha once (11) de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, que declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Lissel Ariadne Solano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.583.763, debidamente asistida por la Abogada Mariela Coromoto García Meza, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 134.659; SEGUNDO: DESISTIDO e.....