En consecuencia, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación intentada por el apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha veintiuno (21) de abril de dos mil cuatro (2004), emitida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante la cual declaró sin lugar la acción de intimación y estimación por honorarios profesionales, contra Inversiones 15-16 (Traki-Apure); SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada; TERCERA: Se ordena la devolución del cheque de gerencia Nº 00199747, del Banco de Venezuela, por la cantidad de ocho millones cuatrocientos setenta y tres mil ciento cincuenta y ocho bolívares (Bs. 8.473.158,00) a Inversiones 15-16 (Traki-Apure); CUARTO: Se condena en costas del recurso a l.....