DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por el Abogado CARLOS ESPINOZA COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.595.146, en su condición de Juez Provisorio del Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Remítase Copia certificada de esta decisión al Juez inhibido. Líbrese oficio.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de esta decisión.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintidós (22) días del mes de junio .....