Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se confirma el fallo en apelación dictado por el Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que declaró con lugar la demanda incoada por la ciudadana ALICIA JOSEFINA SOLANO, contra la ciudadana ROSA MARGARITA SIMONELLI, con las modificaciones contenidas en la presente sentencia; SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda; en consecuencia, se condena a la ciudadana Rosa Margarita Simonelli a cancelar a la demandante las siguientes cantidades: Antigüedad. Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo DOSCIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 220.000,00); Vacaciones Fraccionadas. Artículos 219, 225 Ley Orgánica del Trabajo CINCUENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 55.000,00); Bono Vacacional Fraccionado. Articulo 223, 225 Ley Orgáni.....