DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con Lugar la Apelación intentada por las apoderadas judiciales de la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure en fecha 26 de julio de 2005; SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada por el Tribunal A-quo, antes indicada; TERCERO: Sin lugar la demanda intentada por la ciudadana BRUMELIS TAVERA, contra el Consejo Legislativo Regional del Estado Apure; CUARTO: No hay condenatoria en costas según lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo.