Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar la apelación intentada por el apoderado de la parte demandada; SEGUNDO: Se revoca el fallo dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que declaró parcialmente con lugar la demandada por cobro de prestaciones sociales, intentada por el ciudadano HERRERA BLANCO MOÍSES ENRRIQUE, contra la Gobernación del Estado Apure, en fecha nueve (09) de diciembre de 2003; TERCERO: Sin lugar la demanda intentada, en virtud de la prescripción de la acción; CUARTA: No hay condenatoria en costas.