DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara: Primero: REPONE la causa al estado de notificar al Sindico Procurador del Municipio San Fernando del Estado Apure de la admisión de la demanda realizada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario, De Transito, y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Segundo: Llenos los extremos del artículo 155 de la LEY ORGANICA DEL PODER PUBLICO MUNICIPAL, se ordena enviar el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, para que de conformidad con el ordinal 1 del artículo 197 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sea distribuido a un Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Coordinación Laboral. Terce.....