En cuanto a la solicitud de aclaratoria del fallo dictado por este Tribunal, mediante el cual se declara la Inadmisibilidad de la demanda. Se afirma que se aplica esta figura del despacho saneador, pues su naturaleza está dirigida a subsanar vicios formales que puedan obstaculizar el desenvolvimiento pleno del proceso, pero no puede estar concebida como un subterfugio que permita suplir deficiencias de las partes. Lo que solicitó el Tribunal al actor, fue corregir la identificación de la parte demandada, en virtud del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva que exige a los particulares accedan a instrumentos procesales que sean aptos desde el punto de vista formal para el procesamiento de la pretensión.